Genealogía del Feminicidio como Problema Público en el Estado de México Genealogy of Feminicide as a Public Issue in the State of Mexico

Nayeli Sánchez Rosales1


Resumen: La historia de la humanidad puede dar cuenta del asesinato de mujeres por razones de género como un fenómeno de carácter estructural, que no se limita a tiempos y a espacios. Si bien México se inserta en esa realidad global que limita la vida de las mujeres, en nuestro país tal fenómeno ha adquirido proporciones insólitas en las últimas tres décadas. La presión internacional ejercida sobre el Estado Mexicano a partir de la situación en Ciudad Juárez y su visibilidad mundial, motivó la puesta en marcha de estrategias destinadas a combatir el feminicidio como un problema público Mexico


Abstract: The history of humanity can talk about the murder of women for reasons of gender as a structural phenomenon, which is not limited to time and space. Although Mexico is inserted in this global reality that limits the lives of women, in our country such phenomenon has acquired unusual proportions in the last three decades. The international pressure exerted on the Mexican State based on the situation in Ciudad Juárez and its worldwide visibility, motivated the implementation of strategies aimed at combating femicide as a mexican public problem


Palabras clave: Feminicidio; Violencia de género


Introducción

La historia de la humanidad puede dar cuenta del asesinato de mujeres por razones de género como un fenómeno de carácter estructural, que no se limita a tiempos y a espacios. Los casos, que van desde una mujer fallecida a causa de haber sido torturada por más de 10 horas, hasta historias de niñas desfiguradas por quemaduras en ácido y luego asesinadas, hacen posible imaginar estas conductas como hechos ancestrales que hayan sus causas en un sinnúmero de componentes que confluyen en muchas sociedades y diferentes épocas.

Si bien México se inserta en esa realidad global que limita la vida de las mujeres, en



1 Estudiante de la Maestría en Estudios Políticos y Sociales de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales en la Universidad Nacional Autónoma de México. Líneas de Investigación: Estudios de Género, Derechos Humanos y Tratados Internacionales, Derecho Constitucional. Correo: nayeli088@hotmail.com

nuestro país el fenómeno ha adquirido proporciones insólitas en las últimas tres décadas. Las mujeres mexicanas han visto amenazada su integridad a causa de factores que se entretejen de forma compleja y que forman una red que parece destinada a colocarlas en un completo estado de vulnerabilidad social. La violencia que se vive en algunas regiones, traspasa los límites de la seguridad pública, la educación, o la salud. Particularmente a partir de los noventas, el número de mujeres y niñas víctimas de homicidio comenzó a elevarse en toda la República. Tan solo en el lapso comprendido entre 1990 y el año 2000 se registraron 15 mil 341 defunciones de mujeres con presunción de homicidio en México (La Violencia Feminicida…, 2016:10).

El Estado de México no escapó a la dinámica nacional. Las condiciones socioeconómicas, culturales y el panorama institucional que en esta entidad se reúnen favorecieron en su territorio un clima permanente de inseguridad y violencia que encontró en las mujeres mexiquenses al eslabón más débil de la sociedad. La entidad ocupó rápidamente los primeros sitios en los conteos especializados sobre violencia, impunidad, e inseguridad; como lo señala Padgett y Loza (2014:22) tan solo de 1990 a 2011 fueron asesinadas más de 7 mil mujeres en el estado; los casos en la entidad comenzaron a hacerse visibles ante el mundo.

Los elementos anteriores hacen patente la necesidad de analizar el fenómeno en el Estado de México, primeramente a partir de las implicaciones del concepto mismo de feminicidio y su transformación en el tiempo; posteriormente desde los factores que la academia y las organizaciones sociales que dedican su trabajo cotidiano a la materia han identificado como causales para la existencia del feminicidio, y por ultimo mediante la revisión de los elementos que de acuerdo con las autoridades del Edomex, conforman la política pública destinada a combatir el fenómeno en la entidad.


Feminicidio: El debate conceptual

Referencias periodísticas de toda índole, trabajos estadísticos y relatos que se transmiten de generación en generación pueden dar cuenta de que el homicidio de mujeres ocurre sistemáticamente en todo el mundo. Los patrones de violencia que han sido observados por expertos y no expertos en los cuerpos de esas mujeres asesinadas, han permitido entender que este ímpetu violento halla su explicación en la estructura patriarcal que impera en todas las sociedades.

La gravedad de las circunstancias hizo patente la necesidad de nombrar a esas muertes, de encontrar un término que distinguiera a estos asesinatos como aquellos que se hallaban permeados por la misoginia y la discriminación por género perpetrados en contra de mujeres.

Femicidio o Feminicidio son las palabras que se han utilizado para designar estar muertes de mujeres, sin embargo los debates sobre el fenómeno han tenido múltiples concepciones. A continuación se presenta la ruta principal que ha seguido el concepto en el ámbito académico.

Diana Russell rescata el término “Femicide” a partir de una conversación con una amiga londinense en la cual ésta le hace saber sobre una obra literaria en los Estados Unidos que llevaría ese nombre. (Russell, 2011). Pese a que la obra en cuestión nunca se publicó, Russell utilizó el término por primera vez en 1976 durante su participación en el Tribunal Internacional sobre Crímenes contra las Mujeres que se celebró en Bruselas; la autora vislumbró desde un inicio que la palabra podía ser utilizada en sustitución de la palabra neutral “homicidio”.

Posteriormente, en 1990 en un trabajo conjunto entre Russell y Jane Caputi denominado “Femicide: Speaking the Unspeakable”, las autoras definieron las bases conceptuales del Femicidio:


El femicidio representa el extremo de un continuum de terror anti-femenino que incluye una amplia variedad de abusos verbales y físicos, tales como violación, tortura, esclavitud sexual (particularmente por prostitución), abuso sexual infantil incestuoso o extra- familiar, golpizas físicas y emocionales, acoso sexual (por teléfono, en las calles, en la oficina, y en el aula), mutilación genital (clitoridectomías, escisión, infibulaciones), operaciones ginecológicas innecesarias (histerectomías gratuitas), heterosexualidad forzada, esterilización forzada, maternidad forzada (por la criminalización de la contracepción y del aborto), psicocirugía, negación de comida para mujeres en algunas culturas, cirugía plástica, y otras mutilaciones en nombre del embellecimiento. Siempre que estas formas de terrorismo resultan en muerte, ellas se transforman en femicidios. (Toledo, 2009: 24-25).


En América Latina la traducción del término “Femicide” al español ha traído consigo una extensa discusión conceptual que se ha desarrollado a partir de las diferencias entre las palabras

Femicidio o Feminicidio; a la fecha no existe consenso en cuanto al contenido de estos conceptos. (Toledo, 2009: 25). En este sentido cabe señalar que como lo apunta Vasil’eva, et., al. (2016:24), la caracterización del Femicidio que plantea Russell y que es retomada por otros autores, se enmarca en una línea argumentativa sociológica, que concibe a este crimen de una forma considerablemente más extensa que el concepto desde la perspectiva jurídica, para la cual el femicidio es la muerte de una mujer con el motivo de misoginia. Un gran número de investigaciones académicas han retomado el concepto desde esta última perspectiva en virtud de la falta de datos que incluyan categorías más amplias que tomen en consideración la línea argumentativa sociológica (Toledo, 28-30).

Vasil’eva, et., al. (Ibíd.) sugiere que existen dos vertientes teóricas para la conceptualización del fenómeno. La primera corresponde a las investigaciones que han retomado el concepto de Russell; al respecto los autores señalan que Sagot y Carcedo han realizado una aportación importante cuando sugieren que “el carácter social y generalizado de la violencia basada en la inequidad de género desarticula los argumentos de que la violencia de género es un asunto personal y privado (…) y muestra que es resultado de las relaciones estructurales de poder”.

Siguiendo esas consideraciones, Sagot y Carcedo recuperan la noción de continuum de violencia de Liz Kelly y su planteamiento sobre la existencia de un vínculo entre las diferentes formas de violencia contra las mujeres; a partir de esta idea las autoras señalan que el femicidio podría considerarse como la máxima manifestación de ese continuum de violencia. (Citado en Vasil’eva, et., al., 2016: 24-25).

Marcela Lagarde desarrolló la segunda corriente teórica con el concepto de Feminicidio. Bajo este concepto también se contempla la misoginia estructural como un elemento esencial, sin embargo, se adiciona la impunidad como un componente base y se resalta el papel que juega el Estado en la ocurrencia de dichos casos. Las diferencias entre los términos Femicidio y Feminicidio según la autora, radican en que femicidio en español solo significa el asesinato de mujeres, dejando de lado el tipo de violencia que las mujeres viven y que abarca un sinnúmero de expresiones. (Feminicidio en México…,2011: 19).


[...] preferí la voz feminicidio para denominar así el conjunto de delitos de lesa humanidad

que contienen los crímenes, los secuestros, las desapariciones de niñas y mujeres en un cuadro de colapso institucional. Se trata de una fractura del Estado de derecho en favor de la impunidad. Por eso, el feminicidio es un crimen de Estado [Lagarde, 2005, p. 155]. (Citado en Feminicidio en México…,2011:19).


Causas que explican el Feminicidio en el Estado de México


Factores socioculturales


Cultura Machista: Discriminación de género y roles tradicionales

La cultura machista resulta en un distribución tradicional de los roles de género y en una discriminación pronunciada. Por un lado, la cultura machista se transmite a través del ambiente social, aspecto que es visible a través de los principios patriarcales que rigen a las principales instituciones sociales y políticas; es decir, existe una institucionalización del dominio masculino. Por otra parte, los patrones se reproducen también en el entorno familiar, no solo por parte de los varones, sino también por parte de las mujeres.


Los roles tradicionales de género y la economía informal e ilícita

Velázquez y Domínguez (2011) señalan que existe una interrelación entre las condiciones socioeconómicas, socioculturales y políticas que determinan la vida cotidiana de la población. En este sentido, el factor migración se convierte en un elemento importante, ya que el histórico papel del Estado de México como una entidad receptora de migración nacional de personas provenientes de núcleos rurales, mismos que importan a la dinámica de la ciudad las relaciones sexo-genéricas del patriarcado rural (en donde al rol masculino corresponde proveer y proteger y al femenino dedicarse exclusivamente a las labores del hogar). La complejidad del fenómeno se advierte cuando el alto grado de marginación urbana impide contar con una economía que favorezca la distribución tradicional de los roles de género; este hecho produce un nuevo rol en donde la mujer continua ocupándose de las labores domésticas y, al mismo tiempo, asume el papel de proveedora en la familia participando en actividades económicas informales; dichas actividades económicas constituyen la principal fuente de recursos para las poblaciones que viven

en esas comunidades.

Así como el rol femenino adquiere un nuevo matiz relacionado con el papel proveedor en el hogar, el rol masculino también se modifica, rescatando del patriarcado rural las formas ejercidas para controlar la sexualidad de las mujeres y la reproducción biológica, y las traslada en instrumentos para obligarlas a cumplir con sus responsabilidades en el ámbito económico informal e incluso en actividades ilícitas; es decir, ejerciendo presión sobre esposas, hermanas, hijas para que estas roben artículos de establecimientos para venderlos; forzándolas a entregar a sus esposos o familiares las ganancias de sus ventas, o haciéndolas completamente responsables de proveer los insumos necesarios para el hogar.


Emancipación

Las mujeres que se contraponen a los estereotipos de los papeles femeninos pueden crear en los hombres una crisis en relación con la imagen que tienen de sí mismos, circunstancia que puede colocarlas en un estado de vulnerabilidad frente a quienes se sienten desafiados por su conducta.

Con el cambio de roles tradicionales, los hombres temen no fungir más como el sujeto que estabiliza los aspectos económicos y emocionales dentro de la relación, por lo que intentan reestablecer el orden tradicional y que las mujeres regresen a su área de control a través de la violencia.


Naturalización de la violencia: legitimación, aceptación y resignación

Las organizaciones de la sociedad civil que trabajan el tema consideran que los roles tradicionales de género, el machismo y la discriminación se encuentran profundamente arraigados en la sociedad mexiquense. Es decir, las relaciones de poder desiguales se aceptan y se legitiman socialmente. El sistema se perpetúa a través de interiorización de estos “valores” desde las etapas más tempranas de la socialización tanto de hombres como de mujeres, lo que permite la invisibilización y el encubrimiento de este desequilibrio.

Mucho contribuyen a esta situación las instituciones públicas que legitiman la violencia contra las mujeres; los hospitales o las autoridades encargadas de la procuración de justicia en la entidad, son ejemplos de instituciones que frecuentemente agreden a las mujeres reproduciendo los roles de género a través de sus atribuciones.

Además de lo anterior, las mujeres que socializan en ese contexto misógino se “adaptan” aceptando la función tradicional que les exige anteponer el bien de los demás a su propio bienestar, colocándose a sí mismas en una situación de vulnerabilidad.

A este respecto, Velázquez y Domínguez agregan que la dependencia emocional y económica de la víctima determinan sus intenciones para denunciar alguna conducta que se haya ejercido en su prejuicio. Esto es, que las normas establecidas de facto en la comunidad, controlada en muchas ocasiones por “jerarquías criminales”, ejercen presión social sobre quienes pretendan dar conocimiento a las autoridades de los daños que sufren las mujeres en esos entornos. Dicha presión también incrementa, no solo con la sensación que tienen las victimas sobre la notoria incapacidad para protegerlas como consecuencia de haber levantado una denuncia, sino también con las conductas misóginas de las autoridades, mismas que son percibidas en muchos casos como una “extensión del poder masculino”.


Pobreza, marginalización, desigualdad y vulnerabilidad de la víctima

La academia coincide en que la pobreza (como aspecto multidimensional y multifactorial) tiene un papel preponderante en la existencia del feminicidio como fenómeno en la entidad. La marginación y la pobreza son condiciones que caracterizan a las zonas donde ocurren la mayoría de los feminicidios ocurridos en el estado.

Una hipótesis importante señala que la violencia puede interpretarse como un signo de frustración por una gran desigualdad en la calidad de vida de la población mexiquense. Sobre esto, Velázquez y Domínguez (2011: 259, 260) señalan que la desigualdad en el Estado de México es una de las más altas en el país de acuerdo con el índice de desarrollo humano municipal 2000-2005.

En estas condiciones, las mujeres que se insertan en un mercado laboral que se caracteriza por los salarios bajos, empleos que no ofrecen seguridad social y que en muchas ocasiones implican riesgos para la salud, como la economía informal o la prostitución. 107 cita.

Factores relacionados con el Estado


Discriminación y violencia institucional

Las organizaciones sociales dedicadas al Feminicidio estiman que las autoridades minimizan sistemáticamente la problemática de la violencia de género y señalan que éstas evitan considerar el fenómeno como un asunto prioritario en las políticas públicas. Las acciones del Estado no se traducen en esquemas de protección eficientes o en el diseño de estrategias oportunas para la prevención de la violencia contra las mujeres; tampoco puede hablarse de una óptima atención a víctimas. Por el contrario, la discriminación institucional es patente cuando algunas instituciones gubernamentales manipulan la información para evitar que se dé a conocer la gravedad del fenómeno.

La concreción de este tipo de violencia puede verse durante la denuncia que inicia la víctima contra su agresor. En este proceso, es común que las víctimas sean revictimizadas por las autoridades, quienes reducen los hechos y las responsabilizan de lo sucedido; estos actos de parte de quienes deben procurar justicia, se transforman en un total estado de indefensión de la víctima, a quien le es negado su derecho a la justicia. Al mismo tiempo, este tratamiento provoca que los agresores fortalezcan sus ideas respecto a que las conductas que han realizado para dañar a una mujer no son consideradas seriamente por las autoridades, es decir, que no son graves y que no merecen un castigo en la entidad.

Así, el Estado puede considerarse como copartícipe del clima misógino que caracteriza a la sociedad mexiquense en virtud de su papel como perpetuador de la discriminación a la mujer. Sergio González Rodriguez acuño el término “maquinaria femicida” para referirse a la situación de Ciudad Juárez, término que puede entenderse como “un aparato que no solo creó las condiciones para el asesinato (…) de mujeres y niñas, sino que también desarrolló las instituciones que garantizaran la impunidad de esos crímenes e incluso los legalizaran”.


Estrategias contrainsurgentes del Estado

Rosalva Hernández Castillo señala que la violencia de género ha sido parte de las campañas contrainsurgentes del estado mexicano, hace énfasis en que la violencia sexual ha sido instrumentalizada por el ejército y las fuerzas policiacas para sembrar terror e intimidar a las

mujeres organizadas que luchan por sus derechos. No deja de ser ejemplo en este sentido, el caso de Atenco, en donde la violencia sexual en contra de mujeres fue utilizada para establecer un mensaje en la sociedad mexiquense, respecto a la manera en que el Estado controlaría las movilizaciones de protesta en contra del Estado. (Citado en Vasil’eva, et., al. 2016: 109)


Corrupción, colaboración y colusión en crímenes

Las organizaciones han identificado que otra razón que favorece la existencia de la violencia de género es la colaboración de las autoridades con actividades del crimen organizado. Policías y funcionarios públicos en muchos casos tienen una participación activa en las redes de trata o en crímenes como secuestros, violaciones o feminicidios. Como consecuencia de este tipo de hechos, en ciertos casos se incrimina a terceras personas, se modifican expedientes y se oculta información para desviar las investigaciones.


Ineficiencia y negligencia

Los problemas mencionados con anterioridad como la corrupción generan un grado de ineficiencia tanto operativa como estratégica de las autoridades; estas condiciones hacen imposible que las leyes existentes logren su objetivo principal. Al no ser la violencia de género un tema prioritario, las instituciones fallan en crear líneas de acción concretas o en hacer cumplir las existentes. La negligencia de las autoridades es visible en la errónea tipificación de feminicicidios como homicidios culposos, en la manipulación de estadísticas oficiales, en la alteración de evidencia, entre muchas otras conductas.


Factores de Refuerzo


El crimen organizado y la ola de violencia

Las ongs han observado que la extensión de las actividades de organizaciones criminales en la entidad tiene un impacto en el fenómeno que se identifica como Feminicidio. Este efecto no está relacionado exclusivamente con que hayan podido aumentar las cifras de homicidios de mujeres, sino que es apreciable a partir de la creciente diversificación de actividades ilícitas que lleva a cabo el crimen organizado en la entidad. Estos sucesos se han transformado en una excesiva

inseguridad pública y altos niveles de impunidad.

Las mujeres mexiquenses se enfrentan no solo a la impunidad gestada a partir del vínculo que existe entre las muchas organizaciones criminales dedicadas a la trata de blancas, y la prostitución con funcionarios público; sino que además, sortean las consecuencias del descontrol social creado por la guerra contra el narco y la ola de violencia de los últimos años.


Repercusiones de las reformas neoliberales

Mercedes Olivera expone que se debe responsabilizar al neoliberalismo por la desigualdad, la corrupción, el gobierno incompetente y el aumento de la violencia contra las mujeres. Si bien es cierto que es muy complejo demostrar un argumento como éste, también es cierto que a pesar de que indicadores señalan que la pobreza ha disminuido como efecto de las reformas realizadas a partir de los años ochenta, no hay cambios sustanciales respecto a la marginación de los sectores vulnerables y la desigualdad. (Citado en Vasil’eva, et., al. 2016:111)


Migración

Organizaciones civiles plantean que el feminicidio guarda relación con la situación que viven los migrantes en la actualidad. Esto es, que si bien los migrantes por esa condición ya se encuentran en una situación de vulnerabilidad, las mujeres migrantes provenientes generalmente de zonas rurales que se insertan en la dinámica urbana de la metrópoli, se encuentran por demás vulnerables frente a las relaciones sociales que caracterizan a la entidad. En este sentido, el fenómeno en el Edomex guarda similitudes con lo sucedido en Ciudad Juárez, como corredores de migración.


Influencia y responsabilidad de los medios de comunicación

El papel fundamental que los medios de comunicación desempeñan consiste en el significado que le dan a la violencia de género al reflejar la violencia estructural. Contribuyen a perpetuar el problema a través de la reproducción y la consolidación de estereotipos de género. A esto se suma que las disposiciones legales, lineamientos y sanciones encaminados a regular la representación de la violencia de género en los medios de comunicación son escasas o no se ponen en práctica. 112 y 113

La televisión en México tiene una gran influencia a razón de su accesibilidad. Programas como las telenovelas reproducen estereotipos de la mujer como sexo débil; además dicho medio sirve para transmitir propaganda sexista (75% de la propaganda del gobierno federal tiene contenido sexista: PNUD).


La Iglesia Católica

Son escasos los estudios sobre la influencia de la iglesia sobre la violencia de género. Sin embargo es común observar la incidencia de la iglesia en las políticas pública s sobre derechos de las mujeres. En este sentido ejercen un papel negativo en cuento a que conservan una postura rígida basada en los valores católicos. Tomando en consideración que según la cia en 2014 el 82. 7 de la población mexicana es católica. Se puede inferir el alcance masivo de la institución sobre la sociedad mexicana. Los valores católicos acentúan el rol delas mujeres como las principales encargadas del hogar y contribuyen así a la reproducción de los roles tradicionales de género. También contribuyen al arraigo de la situación al no posicionarse en contra de la violencia de género.


El delito de Feminicidio en el Estado de México

El 18 de marzo de 2011, fue publicado en la Gaceta de Gobierno del Estado de México el decreto por el que se reformaron diversas disposiciones en aras de atender la problemática de la violencia de género en perjuicio de las mujeres mexiquenses1. Este decreto fue el resultado de un proceso legislativo que tuvo como finalidad analizar la propuesta del entonces gobernador de la entidad, Enrique Peña Nieto, de poner en marcha todo un paquete de reformas dirigidas a solventar las deficiencias del marco normativo entonces vigente.

Dicho decreto incluye la Exposición de Motivos que acompañó la propuesta de reformas; documento que plantea las razones que justifican las propuestas de reforma de la legislación, tanto en sus aspectos formales como materiales. De la lectura de la argumentación vertida en el mismo se pueden identificar varios elementos importantes.

En primer lugar, el Ejecutivo destacó que durante su administración se habrían fortalecido los derechos de las mujeres específicamente a través de 2 ejes: políticas públicas y reformas; tal aseveración sirve como referencia para entender la lógica de esa administración, como un aparato

que vendría “resolviendo” problemas sociales exclusivamente a partir de modificaciones legislativas que a su vez dieran paso a políticas públicas o programas estatales, dejando de lado la posibilidad de recurrir a otros mecanismos de atención.

Posteriormente, en el documento se reconoce la sensibilidad con la que el gobierno estatal ha participado en el mejoramiento de las condiciones de vida de las mujeres, haciendo énfasis en que a partir de la realización del Foro Desarrollo Integral y Plena Participación de la Mujer - celebrado en la entidad el 1 y 2 de febrero de 2011- se llegó a la conclusión de que la violencia de género es un problema que debe combatirse desde un enfoque “multifactorial, interdisciplinario y de carácter integral.” Hasta este punto podría considerarse que el planteamiento del problema a resolver se encontraba en concordancia con la teoría, desde donde la violencia de género es resultado de múltiples factores que interactúan entre sí en una sociedad determinada, situación que hace necesaria la intervención de diversos actores, enfoques y disciplinas para plantear soluciones concretas.

Sin embargo la contradicción se observa cuando se explica que este enfoque integral comprendería exclusivamente la implementación de estrategias dirigidas: 1) a la persecución y consecución de los delitos cometidos contra mujeres, y 2) a la puesta en marcha de políticas públicas, campañas de prevención y atención a víctimas. Al respecto llama la atención que no existe a simple vista un enfoque que comprenda una serie de disciplinas actuantes, puesto que las líneas de acción que se perfilan se reducen a corregir prácticas de funcionarios operadores, ya sea desde la formalidad (legislación) hasta el actuar cotidiano, y el diseño de mecanismos de prevención.

En un primer plano pensaríamos que el problema se construyó solo en relación a dos momentos precisos que caracterizan a una conducta como constitutiva de violencia de género: 1) la situación previa a la ejecución de la conducta o acto violento (medidas de prevención), y 2) el proceso inmediato a iniciarse después del acto violento (persecución de delitos, reparación del daño, atención a víctimas, etc.). Es decir, que todas las acciones que se contemplarían en tal enunciado solo se remitirían a la participación de autoridades encargadas de tareas relacionadas con la procuración e impartición de justicia, sin que sea siquiera contemplada la existencia de una estructura social que determina la naturaleza de las relaciones de género y que las reproduce desde un sinnúmero de espacios y prácticas; que para su eliminación o modificación requerirían

una intervención en términos educativos, de cultura, de salud, de empleo, entre otros.

De acuerdo con la exposición, también como resultado del foro se remarcó la necesidad de revisar el marco jurídico existente y es justo en este momento en que aparece el feminicidio como una posibilidad de delito a tipificar, una figura jurídica especial inmersa en un cúmulo de ajustes del cuerpo normativo penal.

Las intenciones del Ejecutivo nuevamente se enmarcan en líneas siguientes en donde además se especifica que este paquete de reformas propuesto habría formado parte de los compromisos del entonces gobernador en tiempos de campaña política, siendo las modificaciones legales el cumplimiento a dicho compromiso. Pese a lo explicado con anterioridad, puesto el proceso legislativo en contexto, parece ubicarse como la razón principal de la propuesta; el cumplimiento de un compromiso político de cara a un proceso electoral federal en el que el entonces gobernador de la entidad deseaba participar como candidato a la presidencia de la república, con la ventaja adicional de abanderar una causa social que generaría el ánimo de preocupación y atención por las mujeres mexiquenses.


Conclusiones

Son muchas las circunstancias que convergen en el Estado de México y que han propiciado que el Feminicidio se convierta en un fenómeno que a la fecha se estima incontrolable. Los factores que lo originan se entretejen entre sí creando una atmosfera que parece impenetrable a través de la acción del Estado y de la sociedad misma. La naturaleza de los factores que lo originan obliga a reflexionar sobre que las estrategias para combatir el feminicidio, específicamente a pensar en que éstas deben gozar de un carácter integral y multidisciplinario que permita atender el problema desde varios enfoques.

En los últimos años, nuestro país se ha caracterizado por implementar como políticas públicas para atender el problema, la tipificación de la figura del Feminicidio en las normatividades estatales. En este sentido, es pertinente preguntarnos si una política pública eminentemente legislativa es suficiente para contrarrestar todas las perspectivas del problema, puesto que circunstancias como la misoginia que permea a las relaciones que se desarrollan en la sociedad mexiquense, no es una condición que pueda resolverse a corto plazo.

Por otra parte, resulta de vital importancia observar cual es el grado de participación de

las autoridades estatales en el desarrollo de un fenómeno como el Feminicidio, y entender que las acciones que decidan encaminarse a atender la problemática, deben considerar como elemento fundamental aspectos como la corrupción y los vínculos de las autoridades encargadas de la procuración e impartición de justicia; incluso cuando un tipo penal pudiera tener efectos positivos para el control de una conducta antijurídica que lesiona de la forma más grave posible la vida de las mujeres, lo cierto es que si las autoridades encargadas de implementarlas se encuentran avasalladas por la corrupción, el recurso jurídico no podrá tener los alcances para los que fue diseñado.

Pensar al Feminicidio como un problema que traspasa los límites de la seguridad pública y la procuración de justicia, nos ayudará a plantearnos estrategias que provengan de otras disciplinas. La misoginia y la discriminación que caracterizan a la sociedad mexiquense y a la sociedad mexicana en general, son circunstancias que deben resistirse desde una transformación profunda a la educación y a la manera de percibir las relaciones entre géneros; una transformación de esta naturaleza requiere de tiempo, pero sobre todo de la colaboración de todos los sectores de la sociedad.


Bibliografía

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Villazana Hernández, Ricardo. 2015. Análisis de las circunstancias concurrentes en la tipificación del delito de feminicidio en el Código penal del Estado de México, considerándolas como calificativas del delito de homicidio. UNAM.


Notas


1 “Decreto Numero 272, por el que se aprueban Reformas, Adiciones y Derogaciones del Código Penal del Estado de México; Reformas, Adiciones y Derogaciones del Código de Procedimientos Penales del Estado de México publicado en la Gaceta de Gobierno del Estado de México el 9 de Febrero de 2009; adición de un párrafo segundo al artículo 187 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México; Reformas, Adiciones y Derogaciones de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de justicia del Estado de México; Reformas, Adiciones y Derogaciones de la Ley de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia del Estado de México; Adición de un Articulo 4 Bis de la Ley para la prevención y erradicación de la violencia familiar del Estado de México y Reforma de la Fracción VII del Artículo 162 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.